Resumen del editorial publicado en la Gaceta Sanitaria:
Los sistemas de vigilancia de enfermedades transmisibles y los sistemas de alerta temprana están teniendo en la Unión Europea un importante desarrollo normativo en los últimos años. Desde 1996, en que se adopta un programa de acción comunitario relativo a la prevención del sida y otras enfermedades transmisibles3, hasta la creación en el año 2004 del Centro Europeo para la Prevención y Control de las Enfermedades4, se han desarrollado y publicado normativas con el objeto de armonizar la vigilancia de las enfermedades de origen infeccioso. Durante estos últimos años se ha seguido haciendo hincapié en la vigilancia de las enfermedades transmisibles y los sistemas de alerta temprana, debido a que son procesos «exportables» y pueden suponer un riesgo potencial con independencia de los límites geográficos de los estados. Paralelamente, los responsables de la vigilancia en salud pública estamos siendo a la par espectadores y actores del desarrollo de iniciativas de vigilancia relacionados con las enfermedades no transmisibles que se escapan de una ordenación en el conjunto del sistema.
El propósito más familiar de la vigilancia es la rápida identificación de sucesos inusuales, epidemias o enfermedades emergentes. En el caso de las enfermedades no transmisibles hemos tenido recientemente en España un buen ejemplo con la ola de calor de 20035. Por otro lado, cada vez es más frecuente la necesidad de investigación de agrupaciones de casos de cáncer en diferentes colectivos o en el ámbito poblacional. Para esta función de detección es crucial contar con sistemas que integren fuentes de información de rápida disponibilidad.