Acuerdo de Colaboración entre la Sociedad Portuguesa de Saude Ambiental y la Sociedad Española de sanidad Ambiental

En A Coruña, a 30 de octubre de 2009

La Sociedad Portuguesa de Saude Ambiental (denominada a partir de ahora como SPSA) y la Sociedad Española de Sanidad Ambiental (denominada a partir de ahora como SESA), en un esfuerzo por mejorar y fomentar los vínculos entre los miembros de ambas sociedades, y con el fin de fortalecer la sanidad ambiental en ambos países, que nos permita aprender del intercambio de opiniones y experiencias, mediante la consolidación y desarrollo de una cordial cooperación entre ambas sociedades y un eficiente cauce para el intercambio de información, han acordado la firma del presente Acuerdo de Hermanamiento.

I.Metas y objetivos

  • Mejorar los vínculos personales entre los miembros de SPSA y SESA
  • Fomentar los intercambios de investigación y científicos entre la SPSA y la SESA mediante la coordinación y participación en una misión de carácter recíproco.
  • Fomentar los intercambios docentes y de difusión de las actividades de ambas sociedades mediante el auspicio de colaboraciones entre de ambas sociedades.
  • Basándose en el “Principio de Reciprocidad” y en la Organización de los Congresos y Jornadas de ambas sociedades, se aplicaran las tarifas y las ventajas de que disfruten los miembros de las dos sociedades como si fueran la de la sociedad organizadora.

II.Aplicación

Los Orgãos Sociais de SPSA y la Junta Directiva de la SESA servirán de punto de contacto para la coordinación y aplicación del presente acuerdo.

III.Vigencia

El presente Acuerdo será válido durante un período de 3 (tres) años. Transcurrido el referido plazo, se renovará tácitamente y de forma indefinida, salvo que alguna de las partes decida su extinción, y así lo comunique por escrito a la otra, con una antelación de al menos quince días a la fecha en que se desee surta efecto su extinción.

Convencidos del beneficio que para ambas sociedades, y para sus miembros representa este Acuerdo de Hermanamiento, los presidentes de la SPSA y la SESA, con capacidad para formalizarlo, firman el presente documento, en nombre y representación de sus respectivas sociedades.

El presente Acuerdo se firma en dos versiones, en lenguas portuguesa y española, siendo ambas igualmente válidas, en Portugal y España, a 29 de. Octubre de 2009, entrando en vigor de acuerdo con las respectivas normativas de ambas sociedades.

El presidente de la SPSA
Rogério Nunes

El presidente de la SESA
José Vicente Martí

Descargar el documento completo (PDF).

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