En A Coruña, a 30 de octubre de 2009
La Sociedad Portuguesa de Saude Ambiental (denominada a partir de ahora como SPSA) y la Sociedad Española de Sanidad Ambiental (denominada a partir de ahora como SESA), en un esfuerzo por mejorar y fomentar los vínculos entre los miembros de ambas sociedades, y con el fin de fortalecer la sanidad ambiental en ambos países, que nos permita aprender del intercambio de opiniones y experiencias, mediante la consolidación y desarrollo de una cordial cooperación entre ambas sociedades y un eficiente cauce para el intercambio de información, han acordado la firma del presente Acuerdo de Hermanamiento.
I.Metas y objetivos
- Mejorar los vínculos personales entre los miembros de SPSA y SESA
- Fomentar los intercambios de investigación y científicos entre la SPSA y la SESA mediante la coordinación y participación en una misión de carácter recíproco.
- Fomentar los intercambios docentes y de difusión de las actividades de ambas sociedades mediante el auspicio de colaboraciones entre de ambas sociedades.
- Basándose en el “Principio de Reciprocidad” y en la Organización de los Congresos y Jornadas de ambas sociedades, se aplicaran las tarifas y las ventajas de que disfruten los miembros de las dos sociedades como si fueran la de la sociedad organizadora.
II.Aplicación
Los Orgãos Sociais de SPSA y la Junta Directiva de la SESA servirán de punto de contacto para la coordinación y aplicación del presente acuerdo.
III.Vigencia
El presente Acuerdo será válido durante un período de 3 (tres) años. Transcurrido el referido plazo, se renovará tácitamente y de forma indefinida, salvo que alguna de las partes decida su extinción, y así lo comunique por escrito a la otra, con una antelación de al menos quince días a la fecha en que se desee surta efecto su extinción.
Convencidos del beneficio que para ambas sociedades, y para sus miembros representa este Acuerdo de Hermanamiento, los presidentes de la SPSA y la SESA, con capacidad para formalizarlo, firman el presente documento, en nombre y representación de sus respectivas sociedades.
El presente Acuerdo se firma en dos versiones, en lenguas portuguesa y española, siendo ambas igualmente válidas, en Portugal y España, a 29 de. Octubre de 2009, entrando en vigor de acuerdo con las respectivas normativas de ambas sociedades.
El presidente de la SPSA
Rogério Nunes
El presidente de la SESA
José Vicente Martí
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